¿A qué velocidad real saltan los radares? Atención a las multas sin aplicar margen de error.

Hace unos días la DGT y la Guardia Civil han publicado los márgenes de error que se aplican en los radares españoles cuando el conductor excede de la velocidad permitida en cada tipo de vía.

Los radares están programados para captar a aquellos vehículos que excedan en más de 7 km por hora la velocidad en carreteras cuyo límite máximo sea 100 km/h, y a los que sobrepasen un 7% el máximo permitido en caso de que se circule por una vía de más de 100 km/h.

Lo explicamos con ejemplos:

-Si la prohibición en la vía es de 50 km/h, el radar no saltará hasta circular a 58 km/h. En caso de carreteras cuyo límite sea 90 km/h, el radar nos multará a partir de 98 km/h.

-En el caso de vías cuyo límite sea 110 o 120 km/h, la sanción se hará efectiva, cuando sobrepasemos en el primer caso los 117,7 km/h y en el segundo caso cuando circulemos a más de 128,4 km/h.

Especial atención cuando recibamos multas por circular a velocidades superiores a las antes mencionadas, ya que nos hemos encontrado multitud de casos en los que la DGT no aplica el margen de error y ese porcentaje de reducción puede ser la diferencia entre multas de muy diferente cuantía e incluso la retirada de puntos de nuestro carnet de conducir.

 

radar

 

 

 

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