¿Es delito conducir sin puntos del carnet?

A pesar de lo que indica el Código Penal,  alguna Audiencia Provincial, más concretamente la de Toledo, entendía que circular sin los puntos del carnet no habiendo puesto en riesgo la seguridad vial, era una simple infracción administrativa y no un delito.

El Tribunal Supremo, máxima autoridad judicial ha establecido recientemente que conducir sin puntos del carnet es delito SIEMPRE. Las penas que establece el código penal en el artículo 384 son las siguientes:

«El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días

La misma pena se impondrá al que condujera tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Por ello, si alguien se arriesga a conducir sin puntos, y le para la policía, tiene que saber que siempre será condenado por delito contra la seguridad vial.

foto supremo el defensor

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